Playa de Dorado - Frente Rica

Municipio Autónomo de DoradoEstorbos Públicos

Protegiendo la belleza y seguridad de nuestro municipio

¿Qué es un estorbo público?
La ley define como estorbo público cualquier estructura o solar abandonado o baldío que sea inadecuado para ser habitado o utilizado por seres humanos. Esto incluye propiedades en condiciones de ruina, falta de reparación, defectos de construcción o que sea perjudicial a la salud o seguridad del público. La ley específicamente provee como ejemplo las siguientes condiciones:

- Defectos en la estructura que aumentan los riesgos de incendio o accidentes.
- Falta adecuada de ventilación o facilidades sanitarias.
- Falta de energía eléctrica o agua potable.
- Falta de limpieza.

Como podemos observar, el que la decoración o arquitectura de una propiedad me disguste no es elemento para la declaración de un estorbo público. Para que una propiedad cualifique es necesario un análisis de sus condiciones de acuerdo con la definición provista por la ley y la ordenanza aprobada por el municipio donde ubique la propiedad.

SERVICIOS

Solicitud de Vista Administrativa

Solicite una inspección oficial del departamento correspondiente

Inventario Estorbos Públicos

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Citas para Información

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Documentos Oficiales

Ordenanza 108 - 2025 Serie 2025 - 2028
Proceso de Declaración de Estorbos Públicos

Información Importante

Conozca todo sobre el proceso de identificación y manejo de estorbos públicos